🤫Conversación Secreta II
Buenos días y feliz finde.
Hoy te traigo una de esas preguntas que se resuelven en cualquier sobremesa, entre el café y el orujo, con el típico cuñado sentando cátedra, como si fuera hijo secreto de un notario y una inspectora de Hacienda (y que no tiene NPI)
“Ángel, voy a comprar un piso barato, unos 20.000 €, y mi madre me va a dar el dinero.
¿Qué es mejor?
¿Hacerlo legal y pagar el impuesto de donaciones?
¿O no decir nada y que Hacienda no se entere?”
Antes de desarrollarlo, déjame aclararte algo importante:
Este email es solo una reflexión general.
No es asesoramiento legal personalizado ni puede considerarse como tal.
Cada situación es única y solo después de conocer todos los detalles concretos de tu caso podría darte una respuesta ajustada y con garantías.
Además, aunque los abogados estamos obligados por secreto profesional a guardar confidencialidad de todo lo que nos cuentes en una consulta privada, este email es público y general, así que tú eres el único responsable de lo que decidas hacer con esta información.
Dicho esto, vamos al lío y voy a expliarte los dos caminos posibles con sus pros y sus contras:
1. La vía legal: Donación y liquidación de impuestos
Consiste en formalizar la donación, ya sea ante notario o mediante un documento privado (sí, también es válido, aunque menos recomendable). Eso sí, hay que liquidar el Impuesto de Donaciones según la normativa de tu comunidad autónoma.
Atento a este detalle importante:
En muchas comunidades solo puedes aplicar las reducciones o bonificaciones fiscales si la donación se hace ante notario. Así que, aunque suponga un pequeño gasto extra, pasar por notaría suele ser la mejor jugada para pagar menos impuestos y tenerlo todo bien atado.
Ventajas:
Total seguridad jurídica.
Si te investiga Hacienda, no tendrás problemas has declarado.
Duermes tranquilo.
Inconvenientes:
Hay que pagar el impuesto que varía según la comunidad autónoma, aunque en algunas apenas es simbólico (como en Andalucía o Madrid), pero en otras puede ser más alto.
2. La vía de “la calle de enmedio”
Consiste en recibir el dinero sin declarar nada (tu madre saca el dinero de su cuenta y te lo entrega en efecto y luego tú haces la compra).
Ventajas:
Aparentemente es “gratis”, porque no pagas el impuesto.
Inconvenientes:
Hacienda puede detectarlo y reclamarte el impuesto con recargo, sanción e intereses.
Si lo califican como donación encubierta, te puede salir mucho más caro que haberlo hecho bien desde el principio.
Además, el Registro de la Propiedad es público. Cuando inscribas el piso a tu nombre queda constancia pública y Hacienda puede cruzar datos para comprobar si tienes capacidad económica real para haber hecho esa compra. Si no puedes justificar el origen del dinero, puede saltar la alarma.
3. ¿Hay una tercera vía?
Sí, pero hay que hacerlo muy bien documentado:
Hacer un préstamo entre particulares, sin intereses, firmado por ambas partes y declarado en Hacienda (Modelo 600 sin pago, solo a efectos informativos).
Esto evita pagar el impuesto ahora, pero te obliga a devolver el dinero algún día, aunque solo sea en el papel.
Mi recomendación:
Hazlo bien desde el principio.
Liquida el impuesto (suele ser bajo si lo gestionas bien).
Firma un documento claro.
Y duerme tranquilo.
Si tienes un caso parecido, es tan fácil como agendar una cita conmigo y estudiar las posibilidades conociendo tu situación.
Ángel
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