Buenos días y feliz finde.
Hoy te traigo una pregunta que parece de examen tipo test…
Pero que, como casi todo en herencias, tiene mucha más miga de la que parece.
Ángel, ¿qué pasa con las acciones de una empresa si uno de los socios muere y no ha hecho testamento?
Imagina un padre con dos hijos, casados y con hijos. ¿Cómo se reparte eso?”
Lo que parece… y lo que es
Lo fácil sería responderte que las acciones se reparten a partes iguales entre los hijos.
Pero la realidad es que, antes de repartir nada, hay que hacer algo mucho más importante y que casi nadie contempla:
Liquidar la sociedad de gananciales.
Porque si ese socio estaba casado en gananciales, la mitad de las acciones no son solo suyas, son de la sociedad conyugal, es decir, de los dos: padre y madre.
Así que, lo primero que hay que hacer antes de hablar de herencia, es separar lo que es del matrimonio y lo que realmente se hereda.
¿Cómo se hace?
Se hace mediante la liquidación de gananciales.
Un procedimiento que, si no se hace bien o se deja al aire, puede abrir otra vía de conflicto entre los propios herederos… y la viuda o el viudo.
Porque el cónyuge que sobrevive no hereda lo que ya era suyo: reclama la mitad que ya le corresponde como parte de los bienes gananciales.
Una vez liquidados los gananciales, solo se reparte la mitad que era del padre, y ahí sí entran en juego los hijos como herederos.
El error de siempre: pensar solo en el testamento
Aquí es donde muchos piensan que el testamento lo arregla todo.
Pero si no se han regulado bien los estatutos sociales y el plan de sucesión del negocio, el testamento solo sirve para repartir las acciones, no para garantizar que el negocio siga funcionando.
Porque, una vez que las acciones pasan a los herederos, se convierten en socios por ley, aunque no tengan ni idea de la empresa, ni estén preparados para gestionarla, ni siquiera quieran saber nada de ella.
La solución que estabas buscando
Los estatutos sociales y un buen pacto de socios deberían dejar bien claro:
Quién puede o no puede ser socio en caso de fallecimiento.
Qué pasa con las acciones: ¿se reparten?, ¿las recompran los socios?, ¿se paga su valor a los herederos?
Cómo se valoran y qué reglas se aplican para evitar bloqueos o peleas.
Y esto hay que dejarlo escrito en vida, no cuando el socio ya ha faltado y el problema explota.
De esto hablo en un capítulo de mi libro, donde te explico cómo anticiparte a estos problemas, cómo fijar el valor de la empresa antes de que lleguen las peleas, y qué condiciones puedes dejar por escrito hoy para evitar que mañana tu familia o tu negocio se rompan en mil pedazos.
Si tienes un negocio o participaciones en una empresa, este capítulo te va a abrir los ojos.
Ten en cuenta…
Las acciones no se heredan… se planifican.
Porque si no lo haces tú ahora, lo hará la ley y la ley nunca conoce tu empresa ni tus verdaderos intereses.
Planifica tu testamento, pero también el de tu empresa.
Si quieres que lo revisemos juntos reserva una sesión conmigo y hablamos.
Un abrazo y buen finde!
Ángel
Pd. Hace mucho que no te hablo de Leggado.Digital y su evolución y ya voy teniendo ganas de contarte pero no encuentro el momento, esta semana tengo una reunión decisiva ¿te gustaría saber de qué va o quieres estar “al loro” de la evolución del proyecto? Dime en comentarios qué y lo vamos viendo.
Bueno saberlo :D
Siempre quiero estar al loro de proyectos tan interesantes! Gracias por tu newsletter.